Sancionan a cinco militares relacionados con una ejecución extrajudicial en Antioquia

La determinación la tomó la Procuraduría General al estudiar el caso de un campesino que fue asesinado en 2004 en Ituango (Antioquia) y fue presentado por miembros del Ejército como un guerrillero muerto en combate.

Redacción Judicial
21 de febrero de 2018 - 01:11 p. m.
Los militares fueron inhabilitados y destituidos por 20 años por la Procuraduría. / Archivo
Los militares fueron inhabilitados y destituidos por 20 años por la Procuraduría. / Archivo

Cinco miembros del Batallón Atanasio Girardot del Ejército fueron sancionados por la Procuraduría General de la Nación con su destitución e inhabilidad por 20 años. La razón: una ejecución extrajudicial en el municipio de Ituango (Antioquia) que ocurrió el 6 de junio de 2004. 

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La determinación del Ministerio Público se da luego de estudiar el caso en segunda instancia y encontrar que los militares habían participado de manera directa en la muerte de un campesino en esta zona del departamento antioqueño.

Los nombres de los militares fueron revelados por la Procuraduría. Se trata del teniente Edward Saúl Fonseca Católico; el sargento segundo, Rafael Grijalba Barrera; y los soldados Farley Osorio Flórez, Diego Alejandro Carmona Rico y John Fredy Vásquez Durango.

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“A juicio del ente de control los militares aprovecharon las funciones que debían cumplir en el marco de un conflicto armado y con su proceder reprochable se desviaron de los fines del Estado social de derecho para cometer un homicidio”, explicó la Procuraduría.

La Fiscalía ya tiene también este caso dentro de sus expedientes. Según registros oficiales del ente investigador, los militares fueron capturados el 26 de septiembre de 2016 y fueron puestos a disposición de las autoridades.

El fiscal especializado de la dirección nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que lleva el caso, les imputó los delitos de homicidio en persona protegida y secuestro simple agravado.

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“La falta de los disciplinados fue calificada como gravísima cometida a título de dolo, por afectar la dignidad humana y el derecho fundamental a la vida de un civil, haciendo creer que su muerte se había producido en un enfrentamiento armado con el enemigo, a sabiendas de que no fue así”, concluyó el Ministerio Público en su decisión.

Por Redacción Judicial

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