Publicidad

En estos países los colombianos pueden trabajar sin visa hasta por un año

Algunos Estados de Latinoamérica permiten a los colombianos tener el beneficio de trabajar sin visa, gracias a algunos mecanismos internacionales, entre ellos Mercosur y el Estatuto Migratorio Andino.

04 de mayo de 2024 - 04:48 p. m.
Imagen de referencia de un grupo de personas trabajando.
Imagen de referencia de un grupo de personas trabajando.
Foto: Cortesía

Migrar a otro país es una opción atractiva para muchas personas que buscan crecer como profesionales. Sin embargo, deben enfrentarse al reto de instalarse en un territorio desconocido, ya sea que viajen solas o con familia, más allá de tener la convicción de aprender y explorar lugares diferentes. Hoy en día, esta opción es más sencilla de lograr gracias a acuerdos o tratados que se han realizado entre diferentes países, los cuales permiten que algunos individuos trabajen dentro de sus fronteras por un tiempo determinado.

Le recomendamos: Cubana fue sentenciada a 15 años de cárcel por transmitir una protesta en Facebook

Estatuto Migratorio Andino

Este mecanismo se encuentra vigente desde el 11 de agosto de 2021 y permite que las personas de Colombia puedan encontrar la posibilidad de trabajar y vivir sin necesidad de presentar un requisito diferente al de la cédula de ciudadanía. Este incluye el acceso a los siguientes países:

  • Perú
  • Bolivia
  • Ecuador

Su estancia en cualquiera de estos Estados se puede realizar a través de las siguientes opciones:

  • Residencia Temporal Andina: los connacionales “tienen derecho a acceder a cualquier actividad, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en las mismas condiciones que los nacionales de los países de recepción, de acuerdo con las normas legales de cada país”. De esta forma, pueden obtener un trabajo dentro de las leyes que estipulan ellos.
  • Residencia Permanente Andina: si usted lo desea, le permite permanecer como residente en cualquiera de estos Estados.

De acuerdo con el estatuto, “los ciudadanos andinos que obtengan la Residencia Temporal o Permanente Andina podrán entrar, salir, circular y permanecer libremente en territorio del país de inmigración, previo al cumplimiento de las formalidades previstas por este y sin perjuicio de restricciones impuestas por razones de orden público y seguridad pública, o las que el Estado miembro considere”.

Más noticias

Esta fecha que, resulta importante para muchas familias, no se celebra el mismo día en todo el mundo. Aquí le contamos cuándo se celebra en varios países.
Leer más
¿Cuándo es el Día de la Madre en Colombia, Venezuela, España y más países?
Le contamos cómo puede recargar su tarjeta de Transmilenio “Tullave” con la billetera virtual Nequi y a través de su celular.
Leer más
¿Cómo recargar la tarjeta TuLlave con Nequi? Paso a paso

Mercosur

De acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, en Mercosur se incluyen “mecanismos para facilitar la movilidad de personas (como el Acuerdo de Residencia Temporal y el Acuerdo de Documentos de Viaje), integración educativa y reconocimiento de títulos, cultura e industrias culturales, derechos humanos, e intercambio de experiencias relacionadas con temas de seguridad ciudadana, delincuencia organizada transnacional y capacitación en estos ámbitos”. Es por esta razón que este mecanismo permite la circulación en países como:

  • Argentina
  • Brasil
  • Paraguay
  • Uruguay
  • Chile
  • Ecuador
  • Guyana
  • Perú

De esta forma, los colombianos tienen la posibilidad de acceder a beneficios laborales, económicos, de educación, cultura, transporte y turismo, entre muchos más. Algo que se debe tener en cuenta es que, al igual que en el Estatuto Migratorio Andino, se tienen las dos opciones de residencia, permanente y temporal, dentro de cualquiera de los países mencionados, y además se les garantiza “igualdad de derechos civiles y libertades sociales, culturales y económicas de los nacionales del país.”

Le recomendamos: ¿Cómo tramitar la cédula digital gratis siendo afiliado al Sisbén?

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar